Conoce sobre el procedimiento de asunción de titularidad por puesta a disposición

Aquí encontrarás información relacionada al procedimiento de asunción de titularidad por puesta a disposición, como requisitos, marco normativo que regula el procedimiento, y forma de presentación de la solicitud, lo que permitirá su célere aprobación.

¿Qué es la asunción de titularidad por puesta a disposición?

El procedimiento administrativo de asunción de titularidad por puesta a disposición es un acto de adquisición, a través del cual la SBN asume la titularidad respecto de los predios de propiedad o bajo administración de las entidades que no les sean de utilidad para el cumplimiento de sus fines institucionales. La puesta a disposición también puede efectuarse a solicitud de la SBN o Gobierno Regional con funciones transferidas.

La puesta a disposición implica la renuncia efectuada por las entidades a su derecho de propiedad, así como la transferencia de posesión, según corresponda; sin embargo, esta no exime a la entidad de la obligación de adoptar todas las acciones necesarias para la defensa administrativa y/o judicial de los predios puestos a disposición hasta que se efectúe la asunción de titularidad y la sucesión procesal, de corresponder.

¿Para qué sirve la asunción de titularidad por puesta a disposición?

El predio estatal puesto a disposición a favor del Estado representado por la SBN, podrá ser otorgado en administración o en propiedad a una entidad pública, para que estas ejecuten proyectos de inversión destinados a uso o servicio público; y, excepcionalmente, para fines de interés y desarrollo social, con lo cual se impulsa el desarrollo del país, a través de una eficiente gestión de la administración de los predios estatales. También, sobre los predios puestos a disposición se pueden evaluar actos de disposición.