La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales es la encargada de registrar el patrimonio mobiliario del Estado, cuya información es remitida por todas las entidades que conforman el Sistema Nacional de Bienes Estatales-SBN, comprendidas en el Art. 8° del "Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales". La información de los inventarios patrimoniales de bienes muebles debe ser remitida a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales entre los meses de enero y marzo de cada año, teniendo como fecha de cierre el 31 de diciembre del año inmediato anterior a su respectiva presentación.
La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, en su calidad de ente rector, administra el patrimonio mobiliario del Estado, con la finalidad de lograr una adecuada y eficiente administración de la propiedad mobiliaria por parte de cada una de las entidades del Estado. Asimismo, también cumple con esta función mediante los actos de disposición y administración de la propiedad mobiliaria estatal que autoriza o recomienda realizar a las entidades públicas.
La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ejerce su función de control, cuando facultativamente, supervisa algunas de las etapas de los actos de disposición, enajenación y gestión de la propiedad mobiliaria estatal.
Mediante la aplicación, por parte de cada una de las entidades públicas, del “Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales“, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales cautela el buen uso y rentabilidad del patrimonio mobiliario del Estado. Asimismo, cuando autoriza o recomienda realizar alguno de los actos de administración de la propiedad mobiliaria estatal, se busca que éstos se realicen dentro de los términos de preservación y cautela del patrimonio estatal.
La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ejerce su función de control, cuando, facultativamente, supervisa algunas de las etapas de los actos de disposición o administración de la propiedad mobiliaria estatal; así también, mediante inspecciones de oficio, constata in situ la información de los inventarios remitida por las entidades públicas. Por otro lado, en base a la documentación sustentatoria que remiten las entidades sobre los diferentes actos de disposición y administración de la propiedad mobiliaria estatal realizados, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, en base a muestreo, procederá a determinar si los mismos han sido llevados a cabo de acuerdo a la normatividad vigente sobre la materia.
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