“LÍNEA DE MÁS ALTA MAREA” PERMITIRÁ A LA SBN IDENTIFICAR TERRENOS DEL ESTADO EN PLAYAS DE TUMBES
Fuente: Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN

Lima, 05 de febrero de 2021.- La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN) entidad adscrita al Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento ha dispuesto la incorporación de la Línea de Más Alta Marea (LAM) y el límite de la franja ribereña del departamento de Tumbes a la base gráfica del Sistema de Información Nacional de Bienes Estatales (SINABIP).

La incorporación de este instrumento catastral significa la delimitación oficial de los 50 metros de ancho que conforma la franja ribereña adyacente a las playas y que se extiende de forma paralela a la línea de más alta marea del litoral en la zona de los distritos de Canoas de Punta Sal, Zorritos, La Cruz, Corrales, Tumbes y Zarumilla del departamento de Tumbes.

Esta información gráfica ha sido proporcionada por la Dirección General de Capitanías y Guardacostas (DICAPI) en función al Convenio Específico de Colaboración Interinstitucional suscrito entre el Ministerio de Defensa a través de la Marina de Guerra del Perú y esta Superintendencia.

El contar con la base gráfica le permitirá a la SBN definir el inicio de la zona de dominio restringido, cuya competencia es exclusiva de la SBN, y que comprende hasta una distancia de 200 metros partiendo del límite de la franja ribereña.

Cabe precisar que este hecho marca el inicio del cierre de una brecha histórica en la delimitación de la zona de Playa Protegida. “Se ha comenzado por la región Tumbes, pero en realidad es un plan que va de norte a sur por todo el litoral peruano y supone tres años de trabajo conjunto con la Marina de Guerra del Perú a través de la DICAPI”, manifestó Armando Subauste Bracesco, Superintendente Nacional de Bienes Estatales.

De igual forma, agregó que en breve tiempo se incorporará la base gráfica de la región Piura y que este año se hará el levantamiento información de las regiones de Lambayeque y La Libertad para su posterior incorporación al SINABIP.

De esta manera, ambas entidades SBN y DICAPI podrán establecer mejor sus competencias en lo que corresponde a la vigilancia y supervisión de la zona de playa protegida; en el caso de la DICAPI el área de playa y, en el caso de la SBN, la zona de dominio restringido. Además, le permitirá a las municipalidades y gobiernos regionales identificar dichas zonas al momento de otorgar permisos y licencias temporales de funcionamiento.

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