TITULO
II
ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
CAPITULO UNICO
OFICINA DE CONTROL INSTITUCIONAL
Resolución
Nº 020-2003/SBN y Resolución
Nº021-2003/SBN
Artículo 5º.- La Oficina de Control Institucional tiene la siguiente estructura orgánica:
| SUPERINTENDENTE DE BIENES NACIONALES |
|
|
|
| OFICINA DE CONTROL INSTITUCIONAL |
Artículo 6º.- Para su
normal funcionamiento, la Oficina de control institucional cuenta con los siguientes
cargos:
(1)
Jefe de Auditoría Interna
(1)
Profesional (en Inspectoría)
(1)
Técnico (Secretaria)
ORGANIGRAMA
ESTRUCTURAL DE LOS CARGOS DE LA
OFICINA DE CONTROL INSTITUCIONAL
| JEFE DE AUDITORIA INTERNA |
| PROFESIONAL |
|
|
| RESUMEN
DE PLAZAS: |
|
| Funcionarios |
1 |
| Profesionales |
1 |
| Técnicos |
1 |
| TOTAL |
3 |
Artículo
7º.- Son funciones específicas de los cargos conformantes de la Oficina de Control Institucional, los siguientes:
1.
Denominación
del Cargo : Jefe
de Auditoría Interna
Funciones Específicas :
a)
Dirigir, coordinar, programar,
ejecutar, evaluar y supervisar las acciones de control ejecutadas en la
institución, dentro del marco normativo establecido por el Sistema Nacional de
Control.
b)
Informar oportunamente al titular
de la institución, respecto de los resultados de sus acciones de control
efectuadas, indicando las recomendaciones pertinentes.
c)
Asesorar a la Alta Dirección de la
institución, sobre asuntos de control.
d)
Formular, proponer y ejecutar el Plan Anual de
Control; así como verificar su cumplimiento, en concordancia a las normas del
Sistema Nacional de Control.
e)
Remitir los informes resultantes
de las acciones control aprobadas en el Plan Anual de
Control, al titular de la institución, del Sector y simultáneamente a la
Contraloría General de la República.
f)
Atender e investigar las denuncias, quejas y
reclamos que se plantean a la
institución, sobre asuntos de su competencia.
g)
Ejecutar, cuando lo estime
necesario, acciones sorpresivas de control, informando los resultados al
Titular de la institución.
h)
Efectuar la auditoría
a los estados financieros y presupuestarios de la institución, en la forma y
pautas que establece la Contraloría General.
i)
Efectuar el seguimiento
correspondiente a las medidas correctivas adoptadas por la institución, para
superar las observaciones e implementar las recomendaciones contenidas en los
informes de auditoría, e informar este resultado al Titular
de la institución y Contraloría General de la República, en armonía a la
normatividad vigente.
j)
Mantener coordinación con la
Contraloría General de la República, dentro de la relación que existe con este
Órgano de Control, respecto a la función de dicho organismo como ente rector
del Sistema Nacional de Control.
k)
Otras funciones inherentes a su
cargo.
Línea de Autoridad y Responsabilidad:
·
Depende jerárquicamente del
Superintendente de Bienes Nacionales y funcionalmente de la Contraloría General
de la República.
·
Tiene autoridad sobre el profesional y el
técnico de la Oficina a su cargo.
2.
Denominación del Cargo :
Profesional
Funciones Específicas:
a) Ejecutar las acciones de
control y auditorías programadas en el Plan Anual de
Control aprobado, para lo cual participa como responsable de dichas acciones.
b) Elabora los programas de auditoría correspondientes, estableciendo los
procedimientos mínimos necesarios para la ejecución de las acciones de control
programadas, concordante normas aprobadas.
c) Formula los Informes de Auditoría como resultado de las acciones llevadas a cabo,
proponiendo las recomendaciones pertinentes, las cuales deben estar orientadas
a mejorar la metodología y controles de la institución.
d) Investigar las denuncias,
quejas y reclamos que se plantean a la institución, sobre asuntos de su
competencia.
e) Efectúa los arqueos sorpresivos previstos realizar en la
institución.
f) Efectuar el seguimiento
de las medidas correctivas adoptadas por la institución, para superar las
observaciones e implementar las recomendaciones contenidos en los informes de auditoría.
g) Participa dentro de su
competencia, en los encargos que formula la Contraloría General de la
República.
h) Otra funciones que le
asigne el Jefe de Auditoría Interna.
Línea de Autoridad y Responsabilidad:
·
Depende directamente del Jefe de Auditoría Interna.
3.
Denominación del Cargo: Técnico
Funciones Específicas:
a) Interviene en las
acciones de control y auditorías programadas en el
Plan Anual de Control aprobado, para lo cual participa como responsable de
dichas acciones.
b) Participa en la
elaboración de los programas de auditoría
correspondientes, estableciendo los procedimientos mínimos necesarios para la
ejecución de las acciones de control programadas, concordante con las normas
aprobadas.
c) Intevenir
en la ejecución de las acciones de control y auditorías,
dentro del marco normativo establecido por las normas de auditoría
y del Sistema Nacional de Control.
d) Participa en la formulación
de los Informes de Auditoría como resultado de las
acciones de control llevadas a cabo, proponiendo las recomendaciones
pertinentes, las cuales deben estar orientadas a mejorar la metodología y
controles de la institución.
e) Investigar las denuncias,
quejas y reclamos que se plantean a la institución, sobre asuntos de su
competencia.
f) Efectuar el seguimiento
de las mediadas correctivas adoptadas por la institución, para superar las
observaciones e implementar las recomendaciones contenidas en los informes de auditoría.
g) Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas adoptadas por
la institución, para superar las observaciones e implementar las
recomendaciones contenidas en los
informes de auditoría.
h) Participa de su
competencia, en los encargos que formula la Contraloría General de la
República.
i) Otras funciones que se
asigne el Jefe de Auditoría Interna.
Línea de Autoridad y
Responsabilidad:
· Depende directamente de la Jefatura de la Oficina de control institucional.