El Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Bienes
Nacionales - SBN, es el instrumento técnico – normativo de gestión institucional,
orientado a contribuir al logro de los objetivos y metas establecidas por la Alta
Dirección. También permite el control,
evaluación y modernización de los procesos de administración general de la SBN.
-
El Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto
Ley Nº 25738, por el que se crea la SBN.
-
La Ley Nº 27395, por la que se adscribe a la SBN al
Ministerio de Economía y Finanzas.
-
El Decreto de Urgencia Nº 071-2001, por el que se
dotó a la SBN de la autonomía económica, presupuestal, financiera, técnica y funcional
necesaria para la ejecución de los actos de adquisición, disposición, administración
y control de los bienes de propiedad estatal.
-
La Ley Nº 27493, Ley de Saneamiento Físico – Legal
de Bienes Inmuebles de las Entidades del Sector Público Nacional.
-
El Decreto Supremo Nº 130-2001-EF, por el que se dictaron
las medidas reglamentarias para que cualquier entidad pública, sin discriminación
alguna, pueda realizar acciones de saneamiento técnico – legal y contable de los
inmuebles de propiedad estatal por su propia cuenta.
-
El Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, por el que se aprobó
el Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales.
-
El Decreto Supremo Nº 136-2001-EF, por el que se declaró
extensivo el Decreto Supremo Nº 130-2001-EF, Reglamento del Saneamiento Técnico,
Legal y Contable de los inmuebles de propiedad de las entidades públicas, a todos
los organismos e instituciones del sector público a que se refiere la Ley No.
27493.
-
El Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, por el que se aprobó
el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad
Estatal.
-
La Resolución No. 214-2001/SBN, por la que se crean
las Oficinas y Jefaturas para el adecuado desarrollo de las operaciones de la
SBN.
Artículo 1º.- El presente Reglamento
es el instrumento técnico – normativo de gestión institucional que define los
objetivos, la organización básica y las funciones generales de la Superintendencia
de Bienes Nacionales - SBN; así como la dependencia, el nivel jerárquico y las
relaciones de los órganos que la conforman.
Artículo 2º.- El ámbito de aplicación del presente Reglamento comprende a todos los órganos de la SBN.
Artículo 3º.- La SBN es un
organismo público descentralizado del Ministerio de Economía y Finanzas. Tiene personería jurídica de derecho público
y goza de la autonomía económica, presupuestal, financiera, técnica y funcional
necesaria para la ejecución de los actos de adquisición, disposición, administración,
registro y control de los bienes de propiedad estatal cuya administración está
a su cargo, de acuerdo con la normatividad vigente.
Artículo 4º.- La SBN tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento
económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social, promoviendo
su intercambio y maximizando su rentabilidad.
Artículo 5º.- La SBN tiene como principal objetivo, promover
el establecimiento de un eficiente sistema de administración de los bienes de
propiedad estatal, sobre la base de un sistema de información que comprenda todos
estos bienes y sus posibles usos.
a)
Proponer las políticas y estrategias respecto de la administración de los
bienes de propiedad estatal.
b)
Desarrollar y ejecutar las políticas y estrategias sobre la administración
de la propiedad estatal.
c)
Planificar, coordinar y supervisar las acciones referidas a los bienes
de propiedad estatal.
d)
Registrar los bienes de propiedad estatal.
e)
Dictar las directivas aplicables para la administración, adquisición y
disposición de los bienes de propiedad estatal a su cargo.
f)
Administrar y disponer de los bienes de propiedad estatal a su cargo.
g)
Autorizar, controlar y fiscalizar los actos de disposición de la propiedad
estatal, salvo ley en contrario.
h)
Gestionar, cuando corresponda, ante los Registros Públicos respectivos,
la inscripción de los actos en los que intervenga el Estado, destinados a crear,
regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas sobre derechos reales.
i)
Ejecutar y supervisar, cuando sea el caso, las acciones de saneamiento
registral de los bienes de propiedad estatal.
j)
Autorizar los actos de desafectación, disposición
y administración sobre los bienes de propiedad estatal adquiridos como aportes
reglamentarios.
k)
Requerir a las entidades públicas la información relativa a los bienes
de propiedad estatal.
l)
Poner fin a las afectaciones en uso y/o adjudicaciones de los bienes de
propiedad estatal mediante Resoluciones de desafectación
o de reversión.
m)
Celebrar Convenios con entidades del sector público o del
sector privado nacionales, extranjeras o de cooperación técnica internacional,
con el propósito de desarrollar y ejecutar proyectos relacionados con el saneamiento,
registro, control, administración y disposición de los bienes de propiedad estatal.
n)
Compilar, sistematizar y difundir la legislación vinculada con la propiedad
estatal.
o)
Aprobar la estructura orgánica de las Intendencias Provinciales.
p)
Contratar servicios no personales de terceros o celebrar contratos de trabajo
sujetos a modalidad que coadyuven al cumplimiento de los objetivos de la SBN o
permitan una mayor eficiencia en el desarrollo de sus funciones.
q)
Expedir las Resoluciones de Superintendencia
que correspondan de acuerdo con la normatividad vigente y su Estatuto.
r) Las demás funciones que sean compatibles con la finalidad de la SBN prevista en su Estatuto.