Artículo 8º.- El Superintendente de Bienes Nacionales es el funcionario de mayor nivel
jerárquico que dirige y supervisa el adecuado funcionamiento de la institución.
Artículo 9º.- Son funciones y atribuciones del Superintendente de Bienes Nacionales,
las siguientes:
a)
Ejercer la titularidad del Pliego Presupuestal y emitir opinión institucional.
b)
Ejercer la representación oficial en los actos públicos y privados de la
institución.
c)
Establecer la política institucional y los lineamientos de gestión.
d)
Aprobar los presupuestos, memorias, balances y estados financieros institucionales
con arreglo a las disposiciones legales sobre la materia.
e)
Aprobar las normas, documentos de gestión y procedimientos administrativos
necesarios para el funcionamiento de la SBN, así como el Plan Anual de Adquisiciones.
f)
Aprobar el diseño y creación de Proyectos Especiales e Intendencias Provinciales.
g)
Proponer a los poderes públicos la expedición de normas legales o reglamentarias
sobre los bienes de propiedad estatal y/o las que se requieran para el mejor
funcionamiento de la SBN.
h)
Designar los cargos de confianza y nombrar, contratar, suspender, remover
o cesar al personal considerado en dichos cargos.
i)
Aprobar la celebración de convenios y acuerdos de cooperación técnica y
financiera, con instituciones nacionales y extranjeras o con organismos multilaterales
de cooperación técnica internacional relacionados con las funciones de la institución.
j)
Aceptar legados, donaciones y toda otra liberalidad que se haga a favor
de la institución.
k)
Dictar directivas de cumplimiento obligatorio para las entidades públicas
respecto de la administración, disposición y adquisición de los bienes de propiedad
estatal, así como para las Intendencias
Provinciales.
l)
Emitir las Resoluciones de su competencia.
m)
Otorgar los poderes que sean necesarios para representar o defender los
intereses de la SBN.
n)
Delegar sus atribuciones y funciones que considere pertinentes.
o) Las demás que le señalen las leyes, los reglamentos o que sean inherentes a su cargo.