TITULO VI

ORGANO DE ASESORAMIENTO

CAPITULO UNICO

GERENCIA DE PLANEAMIENTO Y DESARROLLO


SUB-CAPÍTULO I

JEFATURA DE PROYECTOS

Artículo 16º.-  La Jefatura de Proyectos es la responsable de investigar y evaluar los avances tecnológicos, con el propósito de seleccionar y proponer la implementación de nuevos métodos, herramientas y políticas.

Está a cargo de un funcionario con nivel de Jefe y depende jerárquicamente de la Gerencia de Planeamiento y Desarrollo. 

Artículo 17º.- Son funciones y atribuciones de la Jefatura de Proyectos, las siguientes: 

a.               Investigar y evaluar los avances tecnológicos, con el propósito de seleccionar y proponer la implementación de nuevos métodos, herramientas y políticas.

b.              Mantener informadas a las Gerencias de los avances tecnológicos que se produzcan en el área de informática.

c.               Elaborar y proponer la implementación de nuevos Proyectos de desarrollo de Sistemas y Tecnologías de Información y otros.

d.              Supervisar, coordinar y controlar el desarrollo de los proyectos en relación con sus metas institucionales.

e.               Mantener coordinaciones de trabajo con los organismos y/o instituciones que efectúan actividades afines, a fin de conocer y comparar las soluciones informáticas que permitan plantear acciones que generen nuevas oportunidades para la Institución.

f.                Realizar análisis periódicos de la calidad y productividad de su propia Jefatura.

g.              Proponer a la Gerencia de Planeamiento y Desarrollo los Proyectos de Directiva a emitirse por ésta.

h.              Las demás que le sean asignadas.

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  SUB-CAPÍTULO II

JEFATURA DE SISTEMAS 

Artículo 18º.-  La Jefatura de Sistemas es la responsable de planificar, organizar y supervisar las actividades informáticas.

Está a cargo de un funcionario con nivel de Jefe y depende jerárquicamente de la Gerencia de Planeamiento y Desarrollo. 

Artículo 19º.- Son funciones y atribuciones de la Jefatura de Sistemas, las siguientes:

a.              Planificar, organizar y supervisar las actividades informáticas, a fin de dar el soporte y la asesoría necesaria respecto de la implementación, operación y seguimiento de los sistemas informáticos computarizados,  a las diferentes áreas de la SBN.

b.              Diseñar y analizar el procesamiento de datos de la Institución, a fin de sistematizar, automatizar y mejorar los existentes.

c.              Asegurar la disponibilidad de la información almacenada en los distintos dispositivos, a través de respaldos oportunos y sistemáticos que aseguren la integridad de la red.

d.              Intervenir en las decisiones sobre la calidad y medios de procesamiento que emplea la Institución, participando en la selección e instalación de equipos.

e.              Dictar medidas que normalicen los procedimientos operativos y de seguridad de la información, asegurando el material informático de la Institución.

f.               Proponer el desarrollo y brindar un óptimo funcionamiento de los sistemas informáticos. y establecer los parámetros técnicos para la transmisión de datos.

g.              Efectuar el mantenimiento preventivo de los equipos informáticos y de los equipos informáticos de comunicaciones de la Institución.

h.              Administrar la red local y/o remota, así como las diferentes bases de datos de la Institución.

i.                Elaborar los planes de contingencia y respaldo que permitan asegurar el óptimo funcionamiento de los sistemas informáticos, cuando se presenten emergencias.

j.                Supervisar el desarrollo e implementación de proyectos informáticos encargados a terceros.

k.              Supervisar y controlar la implementación de las políticas institucionales en materia de licenciamiento de software.

l.                Proponer a la Gerencia de Planeamiento y Desarrollo los Proyectos de Directiva a emitirse por ésta.

m.             Las demás que le sean asignadas.


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