TITULO VII
ORGANOS DE APOYO
CAPITULO I
GERENCIA
LEGAL
Artículo 20º.- La Gerencia Legal es el órgano encargado de brindar apoyo jurídico-legal
a la institución. Está a cargo de un funcionario con nivel de Gerente y depende
de la Gerencia General.
Artículo 21º.- Son funciones y atribuciones de la Gerencia Legal las siguientes:
a.
Apoyar a la Alta Dirección y demás dependencias de la SBN, en asuntos de
carácter jurídico y legal vinculados a la Institución y sus fines.
b.
Elaborar proyectos de dispositivos e instrumentos legales por encargo de
la Alta Dirección.
c.
Dar conformidad a las Resoluciones que la Alta Dirección deba emitir, así
como a los contratos y convenios a suscribir por la SBN.
d.
Emitir opinión de carácter jurídico sobre las acciones que realicen los
órganos de la Estructura Orgánica, tanto administrativa como funcional.
e.
Emitir opinión sobre asuntos legales relacionados con contratos, licitaciones,
concursos y procesos administrativos en los que sea parte la Institución.
f.
Brindar asesoría y absolver las consultas legales formuladas por las diferentes
dependencias de la SBN.
g.
Supervisar y coordinar las acciones de las áreas jurídicas de las Intendencias,
así como las relativas a la defensa de los intereses de la SBN y de sus funcionarios
y trabajadores cuando sean emplazados por el ejercicio de sus funciones.
h.
Asumir el patrocinio de la SBN en las acciones judiciales que se le encomienden,
y en las que la SBN intervenga en calidad de demandada, demandante, denunciante,
denunciada o parte civil.
i.
Coordinar, supervisar y controlar a los Estudios Jurídicos contratados
para la defensa de los procesos judiciales en los que intervenga la SBN, en
calidad de demandado, demandante, denunciada o denunciante.
j.
Constituir el nexo entre el Poder Judicial, Ministerio Público, Policía
Nacional y las áreas de la SBN a fin de atender los requerimientos efectuados.
k.
Participar en las acciones judiciales, policiales o contenciosas que demanden
la representación legal de la Entidad.
l.
Interpretar y emitir pautas destinadas a orientar la correcta aplicación
de las normas legales relacionadas con la institución.
m.
Participar en la formulación de proyectos normativos y emitir opinión sobre
aquéllos que se sometan a consideración de la SBN.
n.
Recopilar, ordenar y sistematizar los dispositivos legales relativos a
la propiedad estatal.
o.
Autenticar las copias de las resoluciones de la SBN y, en su caso, suscribir
las transcripciones oficiales.
p.
Brindar información a las Procuradurías Públicas respecto de la propiedad
del Estado que sean materia de proceso judicial.
q.
Emitir las Resoluciones de su competencia.
r.
Las demás que le sean asignadas.