OFICINA DE CONTABILIDAD
Artículo 30º.- La Oficina de Contabilidad es la responsable de programar, conducir, controlar
y coordinar con la Gerencia de Administración todos los sistemas administrativos
referidos a la contabilidad de la institución de conformidad con la normatividad
vigente. Está a cargo de un profesional
que depende jerárquicamente de la Gerencia de Administración.
Artículo 31º. Son funciones y atribuciones de
la Oficina de Contabilidad, las siguientes:
a.
Evaluar la documentación sustentatoria de los
registros contables en general.
b.
Elaborar los estados financieros
y presupuestales de la institución en forma completa
y oportuna.
c.
Elaborar y presentar los balances mensuales y anuales, así como los demás
estados y reportes económicos y financieros de la institución dentro de su competencia.
d.
Atender auditorías
y otras acciones de control con relación a las funciones de su competencia.
e.
Efectuar el registro contable y fiscalizar las transacciones administrativas
y financieras, así como la ejecución presupuestal de la institución, cautelando
la correcta aplicación legal y presupuestal del egreso.
f.
Llevar a cabo la conciliación bancaria.
g.
Elaborar, analizar y remitir los
informes que correspondan a los organismos competentes referentes a los estados
financieros.
h.
Controlar la disponibilidad de
los recursos presupuestarios y el incremento o variación del estado financiero
presupuestal o patrimonial.
i.
Mantener informado al Gerente de Administración sobre el cumplimiento de
las acciones programadas.
j.
Proponer a la Gerencia de Administración los Proyectos de Directiva a emitirse
por ésta.
k. Las demás que le sean asignadas.
Artículo 32º.- La Oficina de Archivo y Trámite
Documentario es la responsable de programar, conducir, controlar y coordinar
con la Gerencia de Administración todos los sistemas administrativos referidos
al trámite documentario en la institución, de conformidad con la normatividad
vigente. Está a cargo de un profesional
que depende jerárquicamente de la Gerencia de Administración.
Artículo 33º.- Son funciones y atribuciones de la Oficina de Archivo y Trámite Documentario,
las siguientes:
a.
Organizar, dirigir y controlar el sistema de trámite documentario de la
SBN.
b.
Organizar, procesar y analizar
la documentación interna y externa, que egresa e ingresa, respectivamente de
la SBN.
c.
Establecer procedimientos de trámite documentario e implementar sistemas
autorizados para esta tarea, en coordinación con la Jefatura de Sistemas.
d.
Organizar, dirigir y controlar
las actividades relacionadas con el archivo documentario de la Alta Dirección.
e.
Establecer los procedimientos de archivo de los despachos de la Alta Dirección.
f.
Implementar sistemas automatizados de archivo de los despachos de la Alta
Dirección, en coordinación con la Jefatura de Sistemas.
g.
Numerar y archivar las resoluciones,
directivas y circulares dictadas por
los distintos órganos de la SBN.
h.
Mantener informado al Gerente
de Administración sobre el cumplimiento de las acciones programadas.
i.
Proponer a la Gerencia de Administración los Proyectos de Directiva a emitirse
por ésta.
j.
Las demás que le sean asignadas.
Artículo 34º.- La Oficina de Tesorería es la encargada
de programar, controlar y coordinar con la Gerencia de Administración todo lo
relativo a los pagos de y hacia la institución, de conformidad con la normatividad
vigente. Está a cargo de un profesional que depende jerárquicamente de la Gerencia
de Administración.
Artículo 35º.- Son funciones y atribuciones de la Oficina de Tesorería, las siguientes:
a.
Elaborar y evaluar los flujos de caja.
b.
Controlar, registrar y efectuar el cumplimiento de las obligaciones tributarias
y de pago en general.
c.
Coordinar y controlar la ejecución de los calendarios de compromiso mensuales.
d.
Manejar las cuentas bancarias de la institución.
e.
Ejecutar la fase de Girado en el sistema SIAF.
f.
Realizar el pago de las obligaciones con cargo al presupuesto de la SBN
y elaborar los reportes de gestión correspondientes.
g.
Procesar y controlar el pago de viáticos que requieran los funcionarios
autorizados en comisión de servicios.
h.
Girar comprobantes de pago e ingresar la información al sistema SIAF.
i.
Mantener actualizadas las fianzas y garantías, así como controlar los fondos
y valores dejados en custodia.
j.
Custodiar los documentos valorados y fondos de la institución.
k.
Cumplir con todas aquellas funciones que se establezcan en los dispositivos
internos y directivas de la institución.
l.
Administrar y controlar las rendiciones de fondos para pagos en efectivo.
m.
Mantener informado al Gerente de Administración sobre el cumplimiento de
las acciones programadas.
n.
Proponer a la Gerencia de Administración los Proyectos de Directiva a emitirse
por ésta.
o.
Las demás que le sean asignadas.