Resolución N° 315-2001/SBN


 Lima, 03  de setiembre de 2001
           
           
CONSIDERANDO:
 
 
            Que, la Cuarta Disposición Final del Decreto Ley N° 25556, Ley Orgánica del Ministerio de la Presidencia, creó la Superintendencia de Bienes Nacionales (SBN), como un organismo público descentralizado del Ministerio de la Presidencia, con la finalidad de llevar el registro, control y administración de los bienes inmuebles y muebles que comprenden el patrimonio estatal;
 
Que, la Ley N° 27395 por la que se adscribió la SBN al Ministerio de Economía y Finanzas a partir del 1° de enero del 2001, señala en su artículo 2° que mediante Decreto Supremo se dictarían las normas reglamentarias para la adecuada implementación de lo dispuesto por la Ley;
 
Que, de acuerdo a lo dispuesto por la Unica Disposición Complementaria del Estatuto de la SBN aprobado mediante Decreto Supremo N° 131-2001-EF, las funciones específicas de los órganos de la institución se establecerán en el Reglamento de Organización y Funciones que será aprobado mediante Resolución de Superintendente de Bienes Nacionales, dentro de los sesenta (60) días de publicado el presente Estatuto;
 
Que, en virtud al literal a) del artículo 1° del Decreto Supremo N° 74-95-PCM la aprobación de los instrumentos de gestión tales como Cuadro de Asignación de Personal, Reglamento de Organización y Funciones, Manual de Organización y Funciones y Presupuesto Analítico de Personal, será responsabilidad exclusiva de cada entidad del sector público, así como la fiscalización y cumplimiento de las normas de simplificación;
 
Que, sin embargo se mantiene la vigencia de la Directiva N° 005-82-INAP/DNR “Normas para la Formulación del Reglamento de Organización y Funciones de los Organismos de la Administración Pública”, aprobada mediante Decreto Supremo N° 002-83-PCM, la misma que se ha observado estrictamente para la formulación del Proyecto de Reglamento de Organización y Funciones presentado por la Gerencia General en ejercicio de sus funciones, el mismo que requiere ser aprobado dentro del plazo antes referido;
 
            Con las visaciones de la Gerencia General y la Gerencia de Asesoría Legal;
 
            De conformidad con lo dispuesto por la Unica Disposición Complementaria del Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales aprobado por Decreto Supremo N° 131-2001-EF; y en uso de las facultades conferidas por los literales e) y l) del artículo 13° del referido Estatuto;
 
            RESUELVE:
 
Artículo 1°.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Superintendencia de Bienes Nacionales, el cual consta de doce (12) títulos, sesenticuatro (64) artículos y una (1) Disposición Complementaria, de acuerdo con el Anexo Adjunto que forma parte integrante de la presente Resolución.
 
Artículo 2°.- El presente Reglamento entrará en vigencia al día siguiente de su  aprobación.
 

            Regístrese y Comuníquese,

 

 

                                                         Aída Amézaga Menéndez
                                                                    SUPERINTENDENTE DE BIENES NACIONALES


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