Se desarrolla a través de la ejecución de los siguientes subcomponentes:

Subcomponente: Implementación de canal de denuncias

El órgano o unidad que ejerce la función de integridad cautela y supervisa el cumplimiento de lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1327 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2017-JUS.

  • Acompaña y orienta a servidores en casos de dudas y preguntas, asesorando a los potenciales denunciantes en cuanto a los procesos y a las medidas de protección disponibles.
  • Lidera la implementación de la Plataforma Digital Única de Denuncias del Ciudadano, como el canal único de contacto digital del Estado peruano con la ciudadanía, a fin de asegurar la debida gestión y seguimiento de las denuncias de corrupción, así como el otorgamiento de mecanismos de protección al denunciante.
  • Promueve su uso por parte de los órganos y unidades orgánicas que intervienen en la tramitación de la denuncia, a fin de generar su trazabilidad y brindar una respuesta oportuna al ciudadano.

En el marco de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción y el Componente: canal de Denuncias del Modelo de Integridad, la SBN recibe denuncias por presuntos actos de corrupción a través de la Plataforma Digital Única de denuncias del ciudadano, administrada por la Secretaría de Integridad Pública de la PCM. Ingresa mediante el siguiente link: https://denuncias.servicios.gob.pe/

Este canal es administrado con la debida  confidencialidad y ofrece la posibilidad de presentar denuncias anónimas; así como brindar medidas de protección al denunciante, a efectos de salvaguardar sus derechos fundamentales.

Ver guías y documentos para formular denuncias por presuntos actos de corrupción:

Guía: Módulo de capacitación para la atención de denuncias de casos de corrupción en entidades de la administración pública

Presentación sobre la Plataforma Única de Denuncias del Ciudadano

Resolución N° 005-2023-PCM-SIP, que aprueban la Directiva N° 002-2023-PCM-SIP, Gestión de Denuncias y Solicitudes de Medidas de Protección al Denunciante recibidas en la Plataforma Digital de Denuncias del Ciudadano. 10/12/2023

Resolución N° 101-2017/SBN-SG, que aprueba la Directiva 04-2017/SBN-SG, Procedimiento para la presentación de Denuncias por Actos de Corrupción y Otorgamiento de Medidas de Protección al denunciante. 10/10/2017

Decreto Supremo N° 010-2017-JUS, 14/04/2017

Decreto Legislativo N° 1327, 06/01/2017

Afiche "Denuncia la corrupción en 3 pasos - PCM"

 Infografía sobre denuncias - PCM

¿Como consultar el estado de tu denuncia?

A través de la Plataforma Única de denuncias del Ciudadano: https://denuncias.servicios.gob.pe/denuncias

Subcomponente: Mecanismos de protección al denunciante

El órgano que ejerce la función de integridad establece directrices que permitan cautelar el otorgamiento de las medidas de protección al denunciante conforme a lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1327 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 010-2017-JUS. 

Decreto Legislativo N° 1327

Decreto Supremo N° 010-2017-JUS